Importante; Cómo obtener una personería jurídica para asociaciones civiles

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Obtener la personería jurídica no solo significa contar con el respaldo legal del Estado, sino también trabajar con transparencia, organización y en crecimiento.

Importante; Cómo obtener una personería jurídica para asociaciones civiles

El Ministerio de Gobierno, a través de la Inspección General de Personas Jurídicas (IGPJ), pone a disposición de los ciudadanos el trámite para la gestión de la personería jurídica por parte de asociaciones civiles de la provincia de San Juan. Este instrumento permite a las instituciones llevar a cabo su labor en un marco legal y recibir una serie de beneficios para su trabajo.

¿Qué se requiere para obtener la personería jurídica?

Nota de Estilo -dirigida al señor/a Inspector/a General- solicitando la aprobación de Estatutos y autorización para funcionar como Persona Jurídica, indicando el domicilio legal de la Entidad y firmada por Presidente y Secretario.

Acta Constitutiva, firmada por todos los asistentes con aclaración y DNI.

Estatutos en piezas separadas, firmado por el Presidente y Secretario.

Boleta de depósito del patrimonio inicial (valor de la cuota multiplicado por el número de socios).

Padrón de Socios con indicación de sus datos personales completos y firma de cada uno. Deben estar incluidos los miembros de la Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas.

Nómina de los miembros de la Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas, con especificación de los cargos a desempeñar y la aceptación de los mismos mediante su firma, domicilios y Documento de Identidad de cada uno.

Declaración jurada de sede social.

Pago de 360 U.T. por tasa de servicio por derecho de trámite.

Pago de 1 U.T. por foja presentada.

Importante: las uniones vecinales y bibliotecas se encuentran exentas de sellado. Para acreditar su radio de acción, las mismas deberán presentar:

Plano de Mensura, certificado por la Dirección de Geodesia y Catastro.

Certificado Municipal, acreditando el Radio de Acción.

Para tener en cuenta: las instituciones religiosas deberán acreditar su inscripción en el Registro Nacional de Culto.

Más información sobre la documentación a presentar aquí.

¿Dónde se lleva a cabo el trámite?

Por Mesa de Entradas de la IGPJ, en calle Santa Fe 54 Oeste, Capital, 2º Piso, Núcleo 2, en horario de 7.30 a 12.30 horas. Debe acompañarse toda la documentación requerida.

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