ATENCIÓN; ANSES aclaró qué personas no cobran los $85.000 de la Ayuda Escolar Anual.

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ATENCIÓN; ANSES aclaró qué personas no cobran los .000 de la Ayuda Escolar Anual.Al hacerlo recalcó que este pago solamente corresponde a familias con hijos escolarizados cubiertos por el SUAF o la Asignación Universal por Hijo (AUH).

Quiénes no cobran la Ayuda Escolar Anual ; La confirmación de que Anses hará el pago masivo de la Ayuda Escolar Anual en marzo generó muchas dudas.

Personas que no perciben asignaciones familiares del SUAF ni la AUH.

  • Titulares de Pensiones No Contributivas (PNC) por discapacidad.
  • Beneficiarias de la PNC para madres de siete hijos.
  • Trabajadores en relación de dependencia cuyo ingreso familiar supere los $2.646.379 brutos mensuales.
  • Monotributistas de las categorías I, J y K. Sin embargo, se paga la ayuda escolar anual en estos casos por los hijos con discapacidad.
  • Menores de 45 días de vida, ya que el beneficio se paga a partir de esa edad.
  • Beneficiarios de AUH o SUAF cuyos hijos no sean alumnos regulares de una institución educativa inscripta en la Secretaría de Educación.

Monto confirmado por Anses

  • El Gobierno de Javier Milei confirmó que el monto mínimo del beneficio es de $85.000 por cada hijo escolarizado. Esta cifra fue oficializada mediante el Decreto 115/2026, que mantuvo el mismo valor aplicado durante el ciclo lectivo anterior.
  • No obstante, como establecen los anexos de la Resolución 55/2026 de Anses, el monto de la Ayuda Escolar Anual 2026 es mayor para beneficiarios del SUAF que residen en determinadas regiones del país.

Requisitos para cobrar la Ayuda Escolar

  • Para recibir la Ayuda Escolar Anual, las familias deben cumplir con ciertas condiciones establecidas por Anses.
  • El beneficio se paga por cada hijo escolarizado desde los 45 días hasta los 17 años inclusive.
  • Además, es obligatorio presentar el Certificado de Escolaridad, que acredita que el menor asiste regularmente a una institución educativa reconocida por la Secretaría de Educación.
  • En el caso de hijos con discapacidad, no existe límite de edad, pero se debe acreditar la escolarización o actividades de rehabilitación.

Aquellas personas que cumplen con los requisitos y no cobren los $85.000 este mes, deben presentar el Certificado Escolar. Pasados 60 días del trámite se hará la acreditación.

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